
Estoy para ayudarte con mi asesoría a cerca de tan importante tema …tema de tu vida futura, hablemos hoy.

Como primer punto debo decir que el Instituto Mexicano del Seguro Social nos considera trabajadores de transición.
Esto debido a que estamos pasando por ambas leyes y podemos optar por retirarnos ya sea por la ley 73 o ley 97. “Si eres un trabajador que cotiza con un salario alto al día y a cotizado muchas semanas excedentes después de las 500 mínimas que pide el Instituto, no debes de preocuparte ya que tu pensión mensual será atractiva” Pero si eres de los trabajadores que aunque tenga muchas semanas cotizadas excedentes pero…UN PROMEDIO SALARIAL BAJO debo decirte que estas al borde de obtener una pensión mínima equivalente a solamente $2600 pesos mensuales si no haces nada al respecto.
La buena noticia es que en la ley 73 podemos optar por realizar la modalidad 40 con el fin de obtener un buen promedio salarial de las ultimas 250 semanas cotizadas.
Una de las razones del cambio de la ley del IMSS en el año de 1973 (la ley viejita para nosotros) fue eso precisamente, recompensar a aquel trabajador que hubiera cotizado mucho tiempo, ya que antes de esta ley obtenían la misma pensión no importando el tiempo o los años trabajados.






